El procedimiento de interrupción de caducidad es una figura fundamental dentro del derecho de aguas nacionales, ya que permite conservar los volúmenes de agua otorgados a través de un título de concesión emitido por la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA).
Este procedimiento se aplica cuando el titular de la concesión de aguas ha dejado de utilizar cierta cantidad de volumen de agua durante un periodo de dos años consecutivos. Es crucial entender que, si no se realiza esta interrupción, la CONAGUA puede reducir el volumen de agua originalmente concedido.
La importancia de este procedimiento radica en que, de no llevarse a cabo, la CONAGUA está facultada para disminuir el volumen de agua otorgado en la concesión. Por ejemplo, si el título de concesión es de 1,500 metros cúbicos (m³) y se dejó de utilizar 500 m³ en un periodo de dos años consecutivos, la CONAGUA puede recuperar esos 500 m³ no utilizados, dejando la concesión en 1,000 m³.
Para asegurar la integridad de la concesión, se recomienda tramitar la interrupción de caducidad cada dos años. Esto garantiza la preservación de los metros cúbicos concedidos y evita reducciones en el volumen de agua disponible para el concesionario.
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